Decreto 31 de 1987

El decreto 31 del 14 de enero de 1987 declara la cigua palmera como ave simbólica nacional..

Joaquín Balaguer
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 31-87

CONSIDERANDO que la Cigua Palmera es una especie exclusiva de la isla;

CONSIDERANDO que es el único miembro existente de la familia “Dulidae”, de la clase ave;

CONSIDERANDO que es una especie que ofrece un alto interés científico mundial y que todavía se desconoce su relación o parentesco con otras especies de la avifauna;

CONSIDERANDO que dicha especie constituye un patrimonio zoológico del territorio insular;

VISTA la Resolución No. 654, del 11 de septiembre de 1941, aprobatoria de la Convención para la Protección de la Flora, de la Fauna y de las Bellezas Escénicas Naturales de los países de América, suscrita por la República Dominicana en Washington, E.U.A. en 1940.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artí­culo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente

DECRETO

Artículo 1.- Se declara la Cigua Palmera (Dulus dominicus), el ave nacional dominicana..

PÁRRAFO.- Esta especie queda protegida con veda permanente.

Artículo 2.- Enví­ese a la Secretaría de Estado de Agricultura, al Patronato del Parque Zoológico Nacional y al Patronato del Museo de Historia Natural, a fin de que pongan en práctica todas las medidas de protección, investigación y difusión, en conformidad con el presente Decreto.

Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los CATORCE (14) dí­as del mes de ENERO del año mil novecientos ochenta y siete, años 143° de la Independencia y 124° de la Restauración.

Joaquín Balaguer


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